jueves, 31 de marzo de 2011
Proponemos encuentro de Revisores Fiscales.
La corrupción y la contabilidad
miércoles, 30 de marzo de 2011
La Revisoría Fiscal y las SAS
Casos de las normas internacionales de contabilidad
martes, 29 de marzo de 2011
Primer foro regional en Antioquia sobre la reforma a la educación superior
viernes, 25 de marzo de 2011
Sobre el liderazgo de los contadores
Rueda de prensa sobre modificaciones al Reglamento estudiantil
martes, 22 de marzo de 2011
Algunos aspectos preliminares del Consejo Académico de la U. de A.
jueves, 17 de marzo de 2011
Comienza el debate sobre la Reforma a la Ley 30 de educación superior
martes, 15 de marzo de 2011
Reforma a la educación superior en Colombia
La reforma a la Educación Superior en Colombia y la Autonomía Universitaria
miércoles, 9 de marzo de 2011
El conocimiento del conocimiento, tema de la complejidad
La Revisoría Fiscal y el lavado de activos
En cuanto al papel que tiene el revisor fiscal en su relación con la prevención y lavado de activos tenemos que en la medida en que van evolucionando los negocios aparecen nuevas figuras que deben ser incluidas en el sistema integral de prevención de Lavado de Activos (SIPLA) y/o más recientemente (SARLAF) Sistema de administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo.
Estas acciones de prevención deben extenderse a todos los productos y servicios que se ofrecen, sin importar que se realicen en efectivo, electrónicamente o en moneda legal o extranjera, ya que es una obligación por parte de todos y cada uno de los funcionarios de la organización cumplir con dichos procedimientos y mecanismos con el fin de prevenir su ocurrencia.
¿Cuál es la diferencia entre el Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo? La principal diferencia radica en el hecho que mientras en el lavado de activos lo que se busca es legalizar bienes provenientes de actividades ilícitas, en la financiacion del terrorismo lo que se busca es con bienes de precedencia legal, financiar actividades ilícitas.
Cuidado
¿Es posible que una empresa sea usada en operaciones de lavado de activos o para financiar el terrorismo? Es claro que la función principal del "lavador" es dar apariencia de legalidad a recursos obtenidos de actividades ilícitas como narcotráfico, secuestro, extorción, corrupción, etc. Es por eso que el revisor fiscal debe estar atento a aquellas operaciones que se salen de lo habitual y que deben ser objeto de continuo análisis, algunos ejemplos de este tipo de comportamientos son:
Clientes: con la necesidad de conseguir nuevos clientes, las empresas "fachada" recurren a distribuidores menores cuyos productos van con destino a grupos al margen de la ley, y quienes a cambio de sus bienes o servicios terminan recibiendo altas sumas de dinero, producto de actividades ilícitas, que no pueden ser canalizadas en el sistema financiero. Para minimizar este impacto el Revisor Fiscal deben conocer claramente la actividad económica y trayectoria del cliente y estar atento a su zona de influencia.
Proveedores: Las personas o empresas dedicadas al lavado de activos, ofrecen productos a un precio menor que en el mercado, que con su puesta en circulación lavan recursos provenientes de actividades ilícitas. Para prevenir esta situación es necesario que se conozca la composición accionaria de las empresas proveedoras, así como su trayectoria en el mercado, con lo cual podrá determinar si es o no una empresa legal.
Transporte: puede ser utilizado para trasladar armamentos, dinero en efectivo y sustancias ilícitas. Adicional a los controles definidos por la administración, la Revisoría Fiscal deben implementar procedimientos adicionales tales como inspecciones físicas en los sitios donde se recepciona las mercancías.
Medios de Pago: Si se observan altos volúmenes de operaciones en efectivo, cheques personales o con múltiples endosos, es necesario que el Revisor Fiscal efectúe prueba detalladas de las mismas y sugerir entonces que las operaciones en efectivo de un monto considerable se realicen a través de los sistemas financieros.
Giros Postales: con la incursión de esta nueva modalidad comercial, los delincuentes han migrado sus esfuerzos a permear estas organizaciones, por ello es importante que el Revisor Fiscal este muy atento a las operaciones inusuales que pueden ir o venir de sitios geográficos de influencia de organizaciones al margen de la ley, fortaleciendo los protocolos utilizados por estas compañías en cuanto a la detección temprana de operaciones irregulares que por su alto valor podrían ser consecuencia de hechos delictivos.
Un procedimientos eficiente para prevenir y detectar operaciones de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo es la verificación del manejo transparente e integro de la información a todos los niveles. Es importante evaluar los mecanismos de control que permitan asegurar que todas las operaciones que las empresas realizan se registren de manera cierta, y que cuenten con un soporte contable adecuado, por el valor correcto y en las cuentas apropiadas, permitiendo la trazabilidad de todas las operaciones.
La evidencia de su trabajo que el Revisor Fiscal deje en sus papeles de trabajo son la única herramienta a su favor para acreditar diligencia profesional y lo salvaguardan de posibles sanciones de tipo penal, civil, pecuniaria y administrativa por parte de los entes de control y vigilancia."
Nota: Ferney G. Collazos O.
Auditor Senior
Membro de Cpaai Cabrera & Asociados S.A.
Las alegaciones en el modelo de fiscalización español
martes, 8 de marzo de 2011
Nos espera un gran debate. La verdad se impondrá
Ética civil y ciudadanía
lunes, 7 de marzo de 2011
El Revisor Fiscal y la auditoría de gestión
Esta entrada enlaza un artículo del Diario Occidente.com.co. Cobra importancia la noticia, en tanto que de acuerdo a la visión latina de los controles, la fiscalización a la gestión se enmarca dentro de la obligación legal que tiene la Institución de la Revisoría Fiscal. Es interesante diferenciar la fiscalización a la gestión, del control de gestión. La primera debe ser realizada por el Revisor Fiscal dentro de la concepción integral del control, y el segundo, debe ser adoptado por la administración, aplicando el autocontrol, y muy especialmente, el sistema de control interno. "El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en su documento Orientación Profesional sobre el Ejercicio de la Revisoría Fiscal, indica que "el desarrollo de la inteventoría de cuentas, requiere efectuar diversas acciones apropiadas a los fines de la Revisoría Fiscal, como son: …seguimiento mediante indicadores de resultados y tableros de control, para medir y evaluar el cumplimiento de metas y objetivos de las áreas de la organización, herramientas que facilitan el seguimiento y evaluación de las actividades."
Plan de trabajo
Nota: Por: Diego de Jesús Duque Jaramillo Director de Auditoría. |