sábado, 28 de febrero de 2009

El control interno en Colombia (Tercera parte)

EL MODELO ESTÁNDAR DE CONTROL INTERNO PARA EL ESTADO COLOMBIANO MECI 1000:2005
C.P. Jaime Obando Cárdenas
2. ANTECEDENTES HISTÓRICOS E INTERNACIONALES DEL CONTROL INTERNO

Podemos decir que el desarrollo conceptual del control interno en la vertiente anglosajona nace en el año 1948. El Comité de Procedimientos de Auditoría del AICPA, por las siglas en ingles del American Institute of Certified Publics Accountants, realizó un estudio titulado “CONTROL INTERNO – ELEMENTOS DE UN SISTEMA COORDINADO Y SU IMPORTANCIA A LA GERENCIA Y AL CONTADOR PÚBLICO INDEPENDIENTE”. Dicho estudio se publicó en el año 1949 y en él se definió el control interno así:

“El control interno comprende el plan de la organización, todos los métodos coordinados y las medidas adoptadas en el negocio, para proteger los activos, verificar la exactitud y confiabilidad de sus datos contables, promover la eficiencia en las operaciones y estimular la adhesión a las prácticas ordenadas por la gerencia. Posiblemente esta definición es más amplia que el significado que a veces se le atribuye al término. Reconoce que un “sistema” de control interno se proyecta más allá de aquellas cuestiones que se relacionan directamente con las funciones de los departamentos de contabilidad y financieros.”[1]

Por los conceptos aclaratorios presentados en esta definición, se deduce la existencia de un sistema de control interno que abarca mayores elementos que aquellos relacionados directamente con el sistema de información contable. Por lo anterior, se permite concluir que en las organizaciones debe existir un control interno (organizacional) que permita cubrir el proceso administrativo, esto es, la planeación, la organización, la ejecución (gestión) y la evaluación en procura de alcanzar los objetivos con eficiencia y eficacia.

En este orden de ideas, en el año 1958, el mismo Comité emitió la Declaración Nº 29 donde aclaraba el alcance de la revisión del auditor independiente para el examen encaminado a la expresión del juicio sobre los estados financieros.

Dicha declaración se realizó en los siguientes términos:

“El control interno en un sentido amplio, incluye... por consiguiente, controles que pueden ser contables o administrativos como sigue:

a) Los controles contables comprenden el plan de organización y todos los métodos y procedimientos que tienen que ver principalmente y están relacionados directamente con la protección de los activos y la confiabilidad de los registros financieros. Generalmente incluyen controles tales como los sistemas de autorización y aprobación, segregación de tareas relativas a la anotación de registros e informes contables de aquellas concernientes a las operaciones o custodia de los activos, los controles físicos sobre los activos y la auditoría interna.

b) Los controles administrativos comprenden el plan de organización y todos los métodos y procedimientos que están relacionados principalmente con la eficiencia de las operaciones, la adhesión a las políticas gerenciales y que, por lo común, sólo tienen que ver indirectamente con los registros financieros. Generalmente incluyen controles tales como los análisis estadísticos, estudios de tiempos y movimientos, informes de actuación, programas de adiestramiento del personal y controles de calidad”[2].

Posteriormente se emitió una nueva declaración aclaratoria por parte del Comité de Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas. Dicha Declaración fue la Nº 33 del año 1963 y se hizo en los siguientes términos:

“El auditor independiente fundamentalmente tiene interés en los controles contables. Los controles contables, tal como se han descrito anteriormente, tienen una conexión directa e importante sobre la confianza que puede tenerse en los registros financieros y requieren ser evaluados por el auditor. Los controles administrativos, también descritos anteriormente, por lo general se relacionan sólo indirectamente con los registros financieros, por lo que no requieren ser evaluados. Sin embargo, si el auditor independiente estima que ciertos controles administrativos pueden influir sobre la confianza que pueda depositarse en los registros financieros, debe pensar en la necesidad de evaluar estos controles. Por ejemplo, los registros estadísticos que se llevan para la producción o las ventas o para otros departamentos operativos pueden requerir ser evaluados en circunstancias particulares”.

Lo anterior ratifica la necesidad administrativa de la existencia de un sistema de control interno más amplio que aquel concebido para proveer la seguridad razonable sobre la calidad de la información contable. Cabe anotar aquí que dicha segregación conceptual del control interno ha generado rupturas en el papel de los profesionales de la Contaduría Pública.

Es bien conocido por parte de los profesionales de esta área del conocimiento en Colombia, que el modelo anglosajón ha definido limitaciones al alcance cuando se analiza y estudia el sistema de control interno orientado al examen de los estados financieros con el fin de realizar un juicio sobre ellos, vertiente del pensamiento sobre el control interno que ha derivado situaciones de pérdida de confianza en el papel que juegan los auditores independientes, como los casos ya conocidos a nivel mundial: Enron, Worlcom y Parmalat, entre otros.

Dicha tendencia varía relativamente con el SAS (Estándares de Auditoría) Nº. 55, Evaluación de la estructura del Control en una auditoría de estados financieros, de 1988. En él se plantea que “(...) la estructura de control interno de una entidad consiste en las políticas y procedimientos establecidos para proporcionar una seguridad razonable de poder lograr los objetivos específicos de la entidad (...)". Dicho SAS fue corregido mediante el SAS Nº 78 de diciembre del año 1995, adaptando el modelo COSO (Comité of Sponsoring Onganizations of The Treadway Comisión). En él se plantea que “El Consejo de Normas de Auditoría (ASB por las siglas en inglés) cree que el informe de COSO, está teniendo una rápida aceptación para el control interno entre las organizaciones de control interno de los Estados Unidos y su aceptación y uso continuaría creciendo. Por lo tanto, el ASB cree que es apropiado revisar el SAS Nº 55 para reconocer la definición y descripción del control interno contenida en el informe de COSO, para proporcionar adecuadamente y en tiempo, una guía útil a los auditores”[3].

El informe COSO, Control interno - Marco Integrado, del año 1992, definió el control Interno así:

“Control interno es un proceso, ejecutado por el consejo de directores, la administración y otro personal de una entidad, diseñado para proporcionar seguridad razonable con miras a la consecución de objetivos en las siguientes categorías:

• Efectividad y eficiencia de las operaciones.
• Confiabilidad en la información financiera.
• Cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables.”[4]

El producto del “Comité of Sponsoring Onganizations of The Treadway Commission”, llamado informe COSO, ha sido considerado y reconocido en el orden internacional y nacional como el modelo de sistema de control interno que mejor ha interpretado y comprendido las complejidades organizacionales hasta el momento. Su concepción multidireccional, sistémica e integradora de los componentes y elementos del sistema de control interno, lo convierte hoy en el modelo referencia para el diseño e implementación de los sistemas de control interno en nuestras organizaciones privadas y públicas.

[1] Declaraciones sobre normas de auditoría. Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. División Editorial. México. 1972.
[2] Idem.
[3] Declaraciones sobre Normas de Auditoría. Instituto Mexicano de Contadores Públicos, A.C. División Editorial. México. 1998. Pag. 95
[4] Traducción de Mantilla Blanco, Samuel Alberto. Control Interno, Estructura Conceptual Integrada. Ecoe Ediciones. Santafé de Bogotá. Febrero de 1997. Pag. 14.

viernes, 27 de febrero de 2009

Aportes de amigos


El espacio anterior está destinado para incertar artículos que desarrollen nuestros amigos que compartan la importancia de los temas relacionados con el pensamiento sistémico, la complejidad, el caos, riesgos, control interno y normas internacionales de contabilidad. Recuerda que me pueden remitir los aportes a la siguiente dirección: obando.jaime@gmail.com

Manifestaciones de valor

  • "A diferencia de los animales que primero se mueren y después se pudren, las sociedades primero se pudren y después se mueren". Carlos Marx.
  • "El conocimiento es un bien que más crece entre más se le comparta". Anónimo
  • "Que me corten las alas pero no los sueños, porque aunque no tenga alas, con los sueños volare". Jaime Obando Cárdenas.
  • "La Comunidad es la unidad colectiva que le da fuerza a la existencia de la sociedad". Jaime Obando Cardenas.
  • Campaña de valores en Colombia: Ver la siguiente dirección: http://www.elcolombiano.com/cvalores.asp?NM=Inicio

miércoles, 25 de febrero de 2009

Una gran marca

Reconocemos en la Universidad la fuente del conocimiento. Deseamos regresar a Ella, para contribuir con las transformaciones sociales que permitan alcanzar una sociedad justa, equitativa e incluyente.

Asociación de Contadores Públicos de la U. de A.




Consideramos muy importante la existencia de la Asociación de Contadores Públicos de la U. de A., ACUDA, en tanto que nos permite interactúar y liderar acciones profesionales para el reconocimiento de nuestro conocimiento en la sociedad. Esperamos que día a día, se fortalezca aún más la participación de los egresados de Contaduría de la Universidad de Antioquia en los diferentes eventos a los que nos invitan.